21 de Noviembre de 2024
11:57 hs
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2020
AYUDAS AL COMERCIO Y/O AUTÓNOMOS LOCALES COVID-19. PLAN LAREDO CONTIGO.
> ANUNCIO: Bases reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas al comercio y/o autónomos locales para paliar las pérdidas ocasionadas por la crisis del COVID-19. Plan Laredo Contigo.
> FECHA DE PUBLICACIÓN: 09/10/2020
> FECHA DE LÍMITE: 09/10/2020
> PUBLICACIÓN EN BOC/BOE: 09/10/2020
> ARCHIVO DEL ANUNCIO: Descargar!
Para dicha justificación, deberá presentar la siguiente documentación:
1. Certificado actualizado a la fecha de presentación de la justificación de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha, domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
2. Certificación actualizada a la fecha de presentación de la justificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora.
3. Facturas y justificantes de pago de los conceptos subvencionables en esta convocatoria hasta el importe que haya sido subvencionado: alquileres/hipotecas, suministros (luz, agua, gastos de gestoría, limpieza y desinfección, telefonía, mantenimiento de programas informáticos y aplicaciones web, dominios y hosting), en el caso del IBI, no se exigirá la comprobación de haber efectuado el pago ya que el Ayuntamiento dispone de esa información. Las facturas y justificantes de pago se referirán al ejercicio 2020.
4. En el caso de solicitantes que hayan suspendido su actividad, se debe presentar la resolución de concesión de la Prestación extraordinaria por cese de actividad.
5. En el caso de solicitantes que no hayan suspendido su actividad, se acreditará la reducción de un 50% en la facturación, mediante la presentación de la información contable que lo justifique, pudiendo hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos. Aquellos trabajadores autónomos que no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
En el caso de incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos para la justificación de la subvención o los fines para los que concedida la misma, se comunicará tal circunstancia a la persona interesada junto a los resultados de la comprobación realizada y se iniciará el procedimiento para declarar la pérdida del derecho de cobro de la ayuda o en su caso, el procedimiento de reintegro total o parcial.
Las entidades beneficiarias de la subvención están obligadas a conservar, durante un plazo de 4 años los justificantes de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
Transcurrido el plazo establecido para la justificación de la subvención sin que se hubiese presentado la documentación a que se refiere el apartado segundo, el órgano competente podrá requerir a las entidades beneficiarias para que en el plazo de 15 días aporten la misma. La falta de presentación de la justificación, transcurrido este nuevo plazo, llevará aparejada la pérdida del derecho de cobro de la subvención o el inicio del procedimiento de reintegro.
Si desea más información o resolver alguna duda, se pueden poner en contacto con la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Laredo en el 942 612778 (de 08:00 a 15:00 horas) o en adl@laredo.es.
15/12/2020 PUBLICADO ANUNCIO DE CONCESIÓN DE AYUDAS A EMPRESAS LOCALES PARA PALIAR LAS PERDIDAS OCASIONADAS POR LA CRISIS DEL COVID-19
> FECHA DE PUBLICACIÓN: 09/10/2020
> FECHA DE LÍMITE: 09/10/2020
> PUBLICACIÓN EN BOC/BOE: 09/10/2020
> ARCHIVO DEL ANUNCIO: Descargar!
Ayudas al comercio y/o autónomos locales para paliar las pérdidas ocasionadas por la crisis del COVID-19. Plan Laredo Contigo.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
El plazo para presentar la documentación finaliza el próximo 31 de enero de 2021.
Recomendamos que la documentación se presente por la sede electrónica municipal.
Acceso a sede electrónica https://sede.laredo.es/.
Recomendamos que la documentación se presente por la sede electrónica municipal.
Acceso a sede electrónica https://sede.laredo.es/.
Presente la solicitud y la documentación utilizando el trámite INSTANCIA GENÉRICA. En los datos de solicitud incluya el siguiente texto para agilizar su tramitación "JUSTIFICACION AYUDAS COVID".
También puede presentarse la documentación a través del registro municipal, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
También puede presentarse la documentación a través del registro municipal, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
Para dicha justificación, deberá presentar la siguiente documentación:
1. Certificado actualizado a la fecha de presentación de la justificación de Situación Censal que indique la actividad económica con su fecha, domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
2. Certificación actualizada a la fecha de presentación de la justificación del alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente de la persona física o de la persona administradora.
3. Facturas y justificantes de pago de los conceptos subvencionables en esta convocatoria hasta el importe que haya sido subvencionado: alquileres/hipotecas, suministros (luz, agua, gastos de gestoría, limpieza y desinfección, telefonía, mantenimiento de programas informáticos y aplicaciones web, dominios y hosting), en el caso del IBI, no se exigirá la comprobación de haber efectuado el pago ya que el Ayuntamiento dispone de esa información. Las facturas y justificantes de pago se referirán al ejercicio 2020.
4. En el caso de solicitantes que hayan suspendido su actividad, se debe presentar la resolución de concesión de la Prestación extraordinaria por cese de actividad.
5. En el caso de solicitantes que no hayan suspendido su actividad, se acreditará la reducción de un 50% en la facturación, mediante la presentación de la información contable que lo justifique, pudiendo hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos. Aquellos trabajadores autónomos que no estén obligados a llevar los libros que acreditan el volumen de actividad, deberán acreditar la reducción exigida por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
En el caso de incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos para la justificación de la subvención o los fines para los que concedida la misma, se comunicará tal circunstancia a la persona interesada junto a los resultados de la comprobación realizada y se iniciará el procedimiento para declarar la pérdida del derecho de cobro de la ayuda o en su caso, el procedimiento de reintegro total o parcial.
Las entidades beneficiarias de la subvención están obligadas a conservar, durante un plazo de 4 años los justificantes de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
Transcurrido el plazo establecido para la justificación de la subvención sin que se hubiese presentado la documentación a que se refiere el apartado segundo, el órgano competente podrá requerir a las entidades beneficiarias para que en el plazo de 15 días aporten la misma. La falta de presentación de la justificación, transcurrido este nuevo plazo, llevará aparejada la pérdida del derecho de cobro de la subvención o el inicio del procedimiento de reintegro.
Si desea más información o resolver alguna duda, se pueden poner en contacto con la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Laredo en el 942 612778 (de 08:00 a 15:00 horas) o en adl@laredo.es.
15/12/2020 PUBLICADO ANUNCIO DE CONCESIÓN DE AYUDAS A EMPRESAS LOCALES PARA PALIAR LAS PERDIDAS OCASIONADAS POR LA CRISIS DEL COVID-19
El plazo de presentación
COMIENZA EL 22 DE OCTUBRE 2020
FINALIZA EL 04 DE NOVIEMBRE DE 2020
Si presenta la solicitud y su documentación por registro electrónico
Si presenta la solicitud y su documentación por registro electrónico
- Acceso a sede electrónica https://sede.laredo.es/
- Presente la solicitud y la documentación utilizando el trámite INSTANCIA GENÉRICA
- En los datos de solicitud incluya el siguiente texto para agilizar su tramitación "AYUDAS EMPRESAS COVID LAREDO".
La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva que se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas que reúnan las condiciones para acceder a la subvención, atendiendo a la prelación temporal de la solicitud hasta el agotamiento del crédito presupuestario. En caso de no presentar la solicitud con la documentación completa, se considerará como fecha de registro de entrada la de la última presentación de documentación relativa a dicha solicitud en el plazo de subsanación.
> ANEXOS
21/10/2020 - SOLICITUD AYUDAS COVID LAREDO EMPRESAS 2020 PDF
21/10/2020 - SOLICITUD AYUDAS COVID LAREDO EMPRESAS 2020 WORD
> ANUNCIOS
15/12/2020 - ANUNCIO CONCESION AYUDAS EMPRESAS COVID-19
16/11/2020 - LISTADO ADMITIDOS EXCLUIDOS PROVISIONAL
21/10/2020 - RESUMEN AYUDAS COVID LAREDO EMPRESAS 2020
21/10/2020 - Extracto CONVOCATORIA Subvenciones COVID EMPRESAS 2020 BOC 21OCT2020
> BASES
21/10/2020 - BASES AYUDAS COVID EMPRESAS LAREDO 2020. BOC
INFORMACIÓN DE INTERÉS
• Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público
• Los anuncios de convocatorias de Concursos que gestiona esta institución se publican en: El Boletín Oficial de Cantabria (B.O.C.)
• Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público
• Los anuncios de convocatorias de Concursos que gestiona esta institución se publican en: El Boletín Oficial de Cantabria (B.O.C.)