21 de Noviembre de 2024
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Ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2012-2013
06 de Marzo del 2013
Orden ECD/24/2013, de 20 de febrero de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2012-2013.
Boletín Oficial de Cantabria
Enlace BOC
Plazo presentación:
Las solicitudes para la concesión de estas ayudas en favor de los alumnos que se consideren acreedores de las mismas, así como los documentos que acrediten su derecho podrán presentarse, en las secretarías de los centros docentes, en los siguientes plazos:
a) En el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria para los alumnos actualmente matriculados.
b) Entre el 22 de abril y el 9 de mayo para aquellos alumnos que se hayan matriculado con posterioridad al plazo de presentación establecido en el apartado a).
- Hasta cinco días hábiles después de la finalización de los plazos de presentación de las solicitudes en los centros docentes podrán presentarse las solicitudes directamente en el Registro de la Consejería de Educación.
Fecha inicio plazo presentación: 07/03/2013
Orden ECD/24/2013, de 20 de febrero de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2012-2013.
Boletín Oficial de Cantabria
Enlace BOC
Plazo presentación:
Las solicitudes para la concesión de estas ayudas en favor de los alumnos que se consideren acreedores de las mismas, así como los documentos que acrediten su derecho podrán presentarse, en las secretarías de los centros docentes, en los siguientes plazos:
a) En el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria para los alumnos actualmente matriculados.
b) Entre el 22 de abril y el 9 de mayo para aquellos alumnos que se hayan matriculado con posterioridad al plazo de presentación establecido en el apartado a).
- Hasta cinco días hábiles después de la finalización de los plazos de presentación de las solicitudes en los centros docentes podrán presentarse las solicitudes directamente en el Registro de la Consejería de Educación.
Fecha inicio plazo presentación: 07/03/2013
Beneficiarios:
Podrán acogerse a la presente convocatoria los alumnos solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:
a) Hallarse matriculados durante el curso 2012-2013 en el centro público más cercano posible al lugar de su residencia, dentro de la zona que le corresponda.
b) Recorrer una distancia superior a dos kilómetros para acceder a la parada más próxima del transporte escolar organizado o al centro escolar donde esté matriculado el alumno.
c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad de residencia por no existir en ella centros públicos que los impartan, o por falta de plazas vacantes.
d) En el caso de alumnos internos, se concederá a todos aquellos que no puedan hacer uso de las rutas contratadas, en su caso, por la Consejería.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI/NIE del representante legal del alumno, o del alumno en el caso de que sea mayor de edad.
b) Certificado de empadronamiento del alumno.
En el caso de solicitantes que carezcan de DNI/NIE, deberá aportarse obligatoriamente fotocopia del pasaporte válidamente expedido y en vigor y certificado de empadronamiento del alumno.
- La solicitud incluirá declaración responsable de:
a) La veracidad de los datos acreditativos de la identidad del solicitante (DNI/NIE)
b) La veracidad de los datos bancarios del código cuenta cliente (C.C.C.)
c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio.
Podrán acogerse a la presente convocatoria los alumnos solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:
a) Hallarse matriculados durante el curso 2012-2013 en el centro público más cercano posible al lugar de su residencia, dentro de la zona que le corresponda.
b) Recorrer una distancia superior a dos kilómetros para acceder a la parada más próxima del transporte escolar organizado o al centro escolar donde esté matriculado el alumno.
c) Carecer de la posibilidad de cursar sus estudios en su localidad de residencia por no existir en ella centros públicos que los impartan, o por falta de plazas vacantes.
d) En el caso de alumnos internos, se concederá a todos aquellos que no puedan hacer uso de las rutas contratadas, en su caso, por la Consejería.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI/NIE del representante legal del alumno, o del alumno en el caso de que sea mayor de edad.
b) Certificado de empadronamiento del alumno.
En el caso de solicitantes que carezcan de DNI/NIE, deberá aportarse obligatoriamente fotocopia del pasaporte válidamente expedido y en vigor y certificado de empadronamiento del alumno.
- La solicitud incluirá declaración responsable de:
a) La veracidad de los datos acreditativos de la identidad del solicitante (DNI/NIE)
b) La veracidad de los datos bancarios del código cuenta cliente (C.C.C.)
c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio.