21 de Noviembre de 2024
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Cambio normativo: LIMITACION A LOS PAGOS EN EFECTIVO
28 de Noviembre del 2012
LEY 7/2012 DE 29 DE OCTUBRE.- Modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la identificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
ARTICULO. 7- “LIMITACION A LOS PAGOS EN EFECTIVO”
Se establece una limitación de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros, siempre que haya un profesional o empresario interviniendo en la transacción.
Se excluye esta limitación a los pagos efectuados cuando ninguno de los intervinientes en la operación actué en calidad de empresario o empresario, así como los pagos o ingresos realizados en entidades de crédito.
Ligado a esta limitación, se establece un régimen sancionador. El incumplimiento de la norma conllevará sanciones de hasta el 25% del importe de la factura.
Adicionalmente se introducen obligaciones de información para cualquier autoridad o funcionario que en el ejercicio de sus funciones tenga conocimiento de algún incumplimiento de la limitación legal.
La entrada en vigor de esta limitación : 19 de noviembre del 2012.
LEY 7/2012 DE 29 DE OCTUBRE.- Modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la identificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
ARTICULO. 7- “LIMITACION A LOS PAGOS EN EFECTIVO”
Se establece una limitación de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros, siempre que haya un profesional o empresario interviniendo en la transacción.
Se excluye esta limitación a los pagos efectuados cuando ninguno de los intervinientes en la operación actué en calidad de empresario o empresario, así como los pagos o ingresos realizados en entidades de crédito.
Ligado a esta limitación, se establece un régimen sancionador. El incumplimiento de la norma conllevará sanciones de hasta el 25% del importe de la factura.
Adicionalmente se introducen obligaciones de información para cualquier autoridad o funcionario que en el ejercicio de sus funciones tenga conocimiento de algún incumplimiento de la limitación legal.
La entrada en vigor de esta limitación : 19 de noviembre del 2012.