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21 de Noviembre de 2024
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Premios extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, correspondientes al curso 2010/2011.
17 de Abril del 2012
Orden ECD/25/2012, de 9 de abril, por la que se convocan los premios extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, correspondientes al curso 2010/2011.
Artículo Primero. Objeto.
1.- La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios Extraordinarios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, correspondientes al curso académico 2010/2011, a los efectos tanto de dar reconocimiento ofi cial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo del alumnado que cursa estudios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior con excelente rendimiento académico, como de permitir su participación en la convocatoria anual de los Premios Nacionales de Formación Profesional Inicial.
2.- Estos premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma fi nalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Artículo Segundo. Destinatarios y requisitos.
1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos y alumnas que habiendo cursado estudios de Formación Profesional Inicial de Grado Superior en centros docentes sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, bien en régimen presencial o a distancia, los hayan fi nalizado durante el año 2011.
2. Para optar a estos premios será necesario haber obtenido como califi cación fi nal de todos los módulos profesionales cursados una puntuación igual o superior a 8,5 puntos. La califi cación fi nal del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las califi caciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con una cifra decimal redondeada por exceso si la segunda cifra decimal resultase igual o superior a 5 y por defecto cuando sea inferior. No se tendrán en cuenta las califi caciones de “apto”, “exento” o “convalidado”.

Artículo Tercero. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
1. Los alumnos y alumnas que, reuniendo los requisitos indicados en el artículo segundo, deseen optar al Premio Extraordinario de Formación Profesional Inicial de Grado Superior, deberán inscribirse en el centro en el que se encuentre su expediente académico en el plazo de 7 días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Ofi cial de Cantabria.
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