21 de Noviembre de 2024
13:15 hs
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AYUDAS A LAS INVERSIONES A BORDO DE LOS BUQUES PESQUEROS DE La Consejería de Medio Rural , Pesca y Alimentación
13 de Octubre del 2021
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de 4 de octubre de 2021 por la que se convocan para 2022 las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP 2014-2020).
Fecha BOC: 11/10/2021
FECHA INICIO PLAZO PRESENTACIÓN:
12/10/2021
FECHA FINALIZACIÓN PLAZO PRESENTACIÓN:
11/02/2022
BENEFICIARIOS:
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Resolución los Pescadores o Propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquellas que reúnan los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.
Los pescadores acreditarán su condición mediante la presentación de La Libreta Marítima DIM (documento de identidad del marino). Los propietarios de buques mediante Certificado del Registro Mercantil acreditativo de la titularidad de la embarcación, y en su caso documentación acreditativa de la condición de armador. En los demás casos, mediante las escrituras correspondientes.
Para más información, orden extracto y presentación visitar el siguiente enlace:
www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/ayudas-y-subvenciones
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de 4 de octubre de 2021 por la que se convocan para 2022 las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP 2014-2020).
Fecha BOC: 11/10/2021
FECHA INICIO PLAZO PRESENTACIÓN:
12/10/2021
FECHA FINALIZACIÓN PLAZO PRESENTACIÓN:
11/02/2022
BENEFICIARIOS:
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Resolución los Pescadores o Propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquellas que reúnan los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.
Los pescadores acreditarán su condición mediante la presentación de La Libreta Marítima DIM (documento de identidad del marino). Los propietarios de buques mediante Certificado del Registro Mercantil acreditativo de la titularidad de la embarcación, y en su caso documentación acreditativa de la condición de armador. En los demás casos, mediante las escrituras correspondientes.
Para más información, orden extracto y presentación visitar el siguiente enlace:
www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/ayudas-y-subvenciones