21 de Noviembre de 2024
13:14 hs
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Gob. Cantabria. Subvenciones destinadas a promover la contratación juvenil.
15 de Junio del 2020
Convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a promover la contratación juvenil, incentivando la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje y de contratos en prácticas con personas jóvenes desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo por parte de empresas.
Enlace
Web de la Dirección General de Trabajo: www.dgte.cantabria.es
Las subvenciones contempladas en la presente orden se extenderán a los contratos que hayan causado alta en la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2020.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de agosto de 2020.
2. La cuantía de la subvención será:
Convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a promover la contratación juvenil, incentivando la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje y de contratos en prácticas con personas jóvenes desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo por parte de empresas.
Enlace
Web de la Dirección General de Trabajo: www.dgte.cantabria.es
Las subvenciones contempladas en la presente orden se extenderán a los contratos que hayan causado alta en la Seguridad Social desde el 1 de septiembre de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2020.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de agosto de 2020.
2. La cuantía de la subvención será:
- a) En el caso de la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje de una duración de un año como mínimo a que se refi ere el apartado a) del artículo 6 de la Orden de convocatoria: 4.000 euros.
- b) En el caso de la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje por su duración máxima de tres años a que se refi ere el apartado b) del artículo 6 de la Orden de convocatoria: 14.000 euros.
- c) En el caso de la formalización de contratos en prácticas de un año de duración como mínimo, a jornada completa, a que se refi ere el apartado c) del artículo 6 de la Orden de convocatoria: 6.000 euros.
- d) En el caso de la formalización de contratos en prácticas por su duración máxima de dos años, a jornada completa, a que se refi ere el apartado d) del artículo 6 de la Orden de convocatoria: 13.000 euros.
3. Las cuantías expresadas en el apartado anterior experimentarán un incremento de 1.000 euros adicionales cuando en la persona contratada se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Ser víctima de violencia de género.
b) Ser persona con discapacidad.
c) Su centro de trabajo esté ubicado en alguno de los municipios integrantes de la Mesa Especial del Besaya, que se relacionan en Anexo V de la Orden de convocatoria.
a) Ser víctima de violencia de género.
b) Ser persona con discapacidad.
c) Su centro de trabajo esté ubicado en alguno de los municipios integrantes de la Mesa Especial del Besaya, que se relacionan en Anexo V de la Orden de convocatoria.