23 de Noviembre de 2024
08:56 hs
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Subvenciones destinadas a fomentar la CONTRATACIÓN INDEFINIDA en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
29 de Mayo del 2017
Decreto 31/2017, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Ver enlace
Ver folleto informativo
Plazo de presentación:
PROGRAMAS I y II: Cada solicitud de subvención en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta del contrato o la conversión.
PROGRAMAS I y II: Contrataciones realizadas entre el 18 de octubre de 2016 y la publicación del Decreto (26/05/2017) el plazo es de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación. (FECHA FIN: 26/07/2017).
PROGRAMA TRANSITORIO (CONVERSIÓN): seis meses desde el día siguiente a la entrada en vigor del Decreto (FECHA FIN: 27/11/2017).
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, todas ellas siempre que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Decreto 31/2017, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
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Plazo de presentación:
PROGRAMAS I y II: Cada solicitud de subvención en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta del contrato o la conversión.
PROGRAMAS I y II: Contrataciones realizadas entre el 18 de octubre de 2016 y la publicación del Decreto (26/05/2017) el plazo es de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación. (FECHA FIN: 26/07/2017).
PROGRAMA TRANSITORIO (CONVERSIÓN): seis meses desde el día siguiente a la entrada en vigor del Decreto (FECHA FIN: 27/11/2017).
Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, todas ellas siempre que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.