21 de Noviembre de 2024
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INVIERTE DEL PROGRAMA INNPULSA 2012-2015
21 de Febrero del 2014
2. INVIERTE del programa INNPULSA 2012 - 2015.
Beneficiario: empresas consolidadas y empresas de nueva creación, (que aún no estando de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud, debiendo acreditar la actividad laboral a la fecha de justificación), y estén incluidos en el artículo 2 de la presente orden.
Inversiones subvencionables: ( el periodo de cobertura de gastos será el comprendido entre la fecha de solicitud y el 31 de marzo de 2015)
1. Adquisición de terrenos, la urbanización de los mismos, la construcción de naves o edificios industriales y obra civil en general, siempre que estas inversiones estén directamente aplicadas a la actividad industrial.
2. Bienes de equipo, maquinaria de proceso, instalaciones y servicios auxiliares, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control e instalaciones de seguridad.
3. Bienes de equipo e instalaciones destinados a la eliminación y reducción de vertidos, emisiones contaminantes y residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial.
4. Bienes de equipo e instalaciones destinados a la reutilización de los residuos y a la obtención de materiales recuperados de los residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial.
5. Inversiones que propicien una mejora tecnológica en los procesos de manera significativa y aumenten la competitividad, aplicando las mejores técnicas disponibles con el objetivo de compatibilizar la actividad industrial y el medio ambiente.
Las inversiones deberán realizarse en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de presentación: 30 de abril de 2014
BASES
Beneficiario: empresas consolidadas y empresas de nueva creación, (que aún no estando de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud, debiendo acreditar la actividad laboral a la fecha de justificación), y estén incluidos en el artículo 2 de la presente orden.
Inversiones subvencionables: ( el periodo de cobertura de gastos será el comprendido entre la fecha de solicitud y el 31 de marzo de 2015)
1. Adquisición de terrenos, la urbanización de los mismos, la construcción de naves o edificios industriales y obra civil en general, siempre que estas inversiones estén directamente aplicadas a la actividad industrial.
2. Bienes de equipo, maquinaria de proceso, instalaciones y servicios auxiliares, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control e instalaciones de seguridad.
3. Bienes de equipo e instalaciones destinados a la eliminación y reducción de vertidos, emisiones contaminantes y residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial.
4. Bienes de equipo e instalaciones destinados a la reutilización de los residuos y a la obtención de materiales recuperados de los residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial.
5. Inversiones que propicien una mejora tecnológica en los procesos de manera significativa y aumenten la competitividad, aplicando las mejores técnicas disponibles con el objetivo de compatibilizar la actividad industrial y el medio ambiente.
Las inversiones deberán realizarse en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo de presentación: 30 de abril de 2014
BASES