23 de Noviembre de 2024
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCIÓN EXTERIOR Convocatoria proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinaria para la cobertura con carácter interino categoría profesional de Auxiliar de Enfermería
28 de Agosto del 2020
Resolución de 18 de agosto de 2020, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinaria para la cobertura con carácter interino de puestos de la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería perteneciente al grupo 2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitido a formar parte de la bolsa de trabajo extraordinaria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)Tener la nacionalidad española, o
b)Ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Euro- pea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También po- drán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacio- nales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Los extranjeros a los que se refieren los párrafos anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas en igualdad de con- diciones que los españoles.
c)Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d)Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se de- riven del correspondiente nombramiento.
e)No tener la condición de personal laboral fijo de la misma categoría a la que se opta.
f)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comu- nidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g)Estar en posesión del título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o sus equivalentes, expedidos por el Estado Español o debidamente homologados. Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general, deberán justificarse por el interesado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.2 Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de su contratación, en su caso, como laboral temporal.
Resolución de 18 de agosto de 2020, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinaria para la cobertura con carácter interino de puestos de la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería perteneciente al grupo 2 de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitido a formar parte de la bolsa de trabajo extraordinaria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)Tener la nacionalidad española, o
b)Ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Euro- pea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También po- drán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacio- nales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Los extranjeros a los que se refieren los párrafos anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas en igualdad de con- diciones que los españoles.
c)Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d)Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se de- riven del correspondiente nombramiento.
e)No tener la condición de personal laboral fijo de la misma categoría a la que se opta.
f)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comu- nidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
g)Estar en posesión del título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o sus equivalentes, expedidos por el Estado Español o debidamente homologados. Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general, deberán justificarse por el interesado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.2 Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de su contratación, en su caso, como laboral temporal.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Las solicitudes de participación en el proceso selectivo se presentarán en el plazo de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (28/08/2020) de la presente convocatoria en el Registro General de la Administración de la Comu- nidad Autónoma de Cantabria (C/ Peña Herbosa, número 29, 39003 ‒Santander), en los Re- gistros Auxiliares y en los Registros Delegados, y en cualesquiera de los lugares y medios o en los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se ajustarán a los modelos normalizados que se publican como Anexos I y II a la presente convocatoria.