21 de Noviembre de 2024
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Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio. Ayudas a la Artesanía en Cantabria 2017.
22 de Agosto del 2017
Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Orden INN/38/2017, de 16 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de las Ayudas a la Artesanía en Cantabria.
Enlace
Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio
Orden INN/38/2017, de 16 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 de las Ayudas a la Artesanía en Cantabria.
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Beneficiarios.
Las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estando legalmente constituidas, sean titulares de empresas artesanas incluidas en los grupos A) y D) Estética o de creación artística y tradicional o popular, y el grupo B) Artesanía de bienes de consumo (Alimentación) del Repertorio de actividades artesanas de Cantabria, aprobado por Orden de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico IND/32/2005, de 29 de abril, publicada en el Boletín Ofi cial de Cantabria nº 93 de 17 de mayo de 2005. Deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social, en el epígrafe correspondiente a dicha actividad del impuesto sobre actividades económicas y en el Registro de artesanos y talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Finalidad.
Subvenciones dirigidas a apoyar la creación de talleres artesanos y la adaptación de los existentes a las necesidades productivas, comerciales y formativas actuales, sin perjuicio de seguir preservando la singularidad del producto artesano, que se concederán por el procedimiento abreviado en régimen de concurrencia competitiva.
Cuantía.
El importe máximo de la convocatoria será de 70.000 € para los costes de inversiones materiales y de 40.000 euros para los costes de asistencia a ferias comerciales y cursos de formación. El importe de la subvención será igual al 30 % del importe de los costes de inversiones materiales, al 50 % del importe de los gastos de estand o curso y al 100 % de los gastos de alojamiento y manutención durante los días los de duración de la feria o curso, excluido el I.V.A. y otros impuestos.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto hasta el día 8 de septiembre de 2017, ambos inclusive.
Las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estando legalmente constituidas, sean titulares de empresas artesanas incluidas en los grupos A) y D) Estética o de creación artística y tradicional o popular, y el grupo B) Artesanía de bienes de consumo (Alimentación) del Repertorio de actividades artesanas de Cantabria, aprobado por Orden de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico IND/32/2005, de 29 de abril, publicada en el Boletín Ofi cial de Cantabria nº 93 de 17 de mayo de 2005. Deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social, en el epígrafe correspondiente a dicha actividad del impuesto sobre actividades económicas y en el Registro de artesanos y talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Finalidad.
Subvenciones dirigidas a apoyar la creación de talleres artesanos y la adaptación de los existentes a las necesidades productivas, comerciales y formativas actuales, sin perjuicio de seguir preservando la singularidad del producto artesano, que se concederán por el procedimiento abreviado en régimen de concurrencia competitiva.
Cuantía.
El importe máximo de la convocatoria será de 70.000 € para los costes de inversiones materiales y de 40.000 euros para los costes de asistencia a ferias comerciales y cursos de formación. El importe de la subvención será igual al 30 % del importe de los costes de inversiones materiales, al 50 % del importe de los gastos de estand o curso y al 100 % de los gastos de alojamiento y manutención durante los días los de duración de la feria o curso, excluido el I.V.A. y otros impuestos.
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto hasta el día 8 de septiembre de 2017, ambos inclusive.