03 de Diciembre de 2024
18:10 hs
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Subvenciones a la contratación de personas en desempleo por Entidades sin ánimo de lucro en el año 2011
14 de Diciembre del 2010
Orden EMP/77/2010, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2011 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general o social.
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Orden EMP/77/2010, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2011 de subvenciones en el ámbito de colaboración con asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la contratación de personas desempleadas en la realización de servicios de interés general o social.
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Artículo 3. Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen todas ellas su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 5. Destino de la subvención y cuantía de la misma.
1. Las subvenciones que se otorguen serán destinadas a fi nanciar los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos y criterios de selección establecidos en esta orden, sean contratadas para la prestación de servicios de interés general y social subvencionados.
Artículo 7. Solicitudes y plazo de presentación.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Ofi cial de Cantabria».
Artículo 9. Instrucción.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo. (942.20.70.90).
Proyectos de mayor interés general y social, desglosado como sigue:
1.º Hasta 30 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Revalorización de espacios públicos urbanos.
— Actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento
de zonas naturales y control de la energía.
— El cuidado de niños y niñas.
— Prestación de servicios a domicilio a personas incapacitadas o mayores.
— Ayudas a jóvenes en difi cultad y con desarraigo social.
2.º Hasta 20 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Transportes colectivos.
— Servicios de proximidad.
3.º Hasta 10 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Promoción del turismo.
— Desarrollo cultural local.
— Promoción del deporte.
— Sector audiovisual.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen todas ellas su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 5. Destino de la subvención y cuantía de la misma.
1. Las subvenciones que se otorguen serán destinadas a fi nanciar los costes salariales y de Seguridad Social de las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos y criterios de selección establecidos en esta orden, sean contratadas para la prestación de servicios de interés general y social subvencionados.
Artículo 7. Solicitudes y plazo de presentación.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Ofi cial de Cantabria».
Artículo 9. Instrucción.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo. (942.20.70.90).
Proyectos de mayor interés general y social, desglosado como sigue:
1.º Hasta 30 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Revalorización de espacios públicos urbanos.
— Actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento
de zonas naturales y control de la energía.
— El cuidado de niños y niñas.
— Prestación de servicios a domicilio a personas incapacitadas o mayores.
— Ayudas a jóvenes en difi cultad y con desarraigo social.
2.º Hasta 20 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Transportes colectivos.
— Servicios de proximidad.
3.º Hasta 10 puntos, cuando se trate de servicios relacionados con:
— Promoción del turismo.
— Desarrollo cultural local.
— Promoción del deporte.
— Sector audiovisual.