21 de Noviembre de 2024
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN. Bases de becas de formación práctica en el área de la sanidad de la producción agraria para titulados universitarios.
25 de Abril del 2014
Orden AAA/636/2014, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica en el área de la sanidad de la producción agraria para titulados universitarios y se convocan becas para el año 2014.
Requisitos de los beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente orden aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar, que reúnan las siguientes condiciones:
a)Ser español, o nacional de algún Estado Miembro de la Unión Europea o de terceros países, residente legal en España.
b) Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de las becas, el título universitario de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, doctor, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas que se convocan en el momento de la concesión de la beca. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Tener Conocimientos de inglés.
e)Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto,hoja de cálculo y presentaciones.
f) No estar incursas en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La distribución de las becas es la siguiente:
a) Tres en el área de conocimientos de la Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal con conocimientos en prevención y lucha contra plagas agrícolas y forestales, redes de vigilancia fitosanitarias, autorización y utilización de productos fitosanitarios; uso sostenible de productos fitosanitarios; e higiene y trazabilidad en productos agrícolas y forestales.
b)Tres en el área de conocimientos de la Sanidad e Higiene Animal, con conocimientos en materia de programas sanitarios de vigilancia y control de enfermedades animales, redes de alerta sanitaria veterinarias, trazabilidad e identificación ganadera, gestión de subproductos y autorización de productos zoosanitarios.
c) Tres en el área de conocimientos de los Acuerdos Sanitarios y Controles en fronteras, con conocimientos en materia de comercio exterior agrícola y ganadero, criterios técnicos y negociación para la apertura de mercados exteriores, y controles en los puntos de inspección en fronteras.
Las solicitudes se presentarán en el modelo del anexo, en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» (23/04/2014), acompañadas de la documentación a que se refiere el artículo 5.3.4.
Orden AAA/636/2014, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica en el área de la sanidad de la producción agraria para titulados universitarios y se convocan becas para el año 2014.
Requisitos de los beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente orden aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar, que reúnan las siguientes condiciones:
a)Ser español, o nacional de algún Estado Miembro de la Unión Europea o de terceros países, residente legal en España.
b) Dominio del idioma español. Sólo se requerirá prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de las becas, el título universitario de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, doctor, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas que se convocan en el momento de la concesión de la beca. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Tener Conocimientos de inglés.
e)Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto,hoja de cálculo y presentaciones.
f) No estar incursas en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La distribución de las becas es la siguiente:
a) Tres en el área de conocimientos de la Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal con conocimientos en prevención y lucha contra plagas agrícolas y forestales, redes de vigilancia fitosanitarias, autorización y utilización de productos fitosanitarios; uso sostenible de productos fitosanitarios; e higiene y trazabilidad en productos agrícolas y forestales.
b)Tres en el área de conocimientos de la Sanidad e Higiene Animal, con conocimientos en materia de programas sanitarios de vigilancia y control de enfermedades animales, redes de alerta sanitaria veterinarias, trazabilidad e identificación ganadera, gestión de subproductos y autorización de productos zoosanitarios.
c) Tres en el área de conocimientos de los Acuerdos Sanitarios y Controles en fronteras, con conocimientos en materia de comercio exterior agrícola y ganadero, criterios técnicos y negociación para la apertura de mercados exteriores, y controles en los puntos de inspección en fronteras.
Las solicitudes se presentarán en el modelo del anexo, en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» (23/04/2014), acompañadas de la documentación a que se refiere el artículo 5.3.4.