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BANDO DE LA ALCALDESA DE LAREDO EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2020
03 de Septiembre de 2020


 
 
 En vista del aumento de contagios por COVID-19 en nuestro municipio, y en municipios cercanos, en alguno de los cuales las autoridades sanitarias se han visto obligadas a tomar medidas excepcionales,

Buscando evitar una situación similar en Laredo, que provocaría aún más dolor a las situaciones humanas, sociales y económicas que se han vivido en los últimos meses,

Pidiendo la colaboración de todos los vecinos y visitantes de la villa,
Por el presente Bando se recuerdan las vigentes medidas sanitarias de la Resolución de 15 de agosto de 2020 (BOC extraordinario nº 64):

1.- Los grupos deberán de un máximo de 10 personas, excepto en el caso de personas convivientes. Se recomienda la limitación de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

2.- No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, cuando no se pueda respectar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. En la proximidad de menores de 18años, mujeres embarazadas, personas mayores de 65años, personas con discapacidad y cualquier población vulnerable la distancia será de 4 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

3.- El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, preferentemente mediante reserva previa y con una ocupación máxima de 10 personas. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas. Las mesas deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.

4.- Estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes. En todo caso los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación.
5.- En las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería, se podrá cubrir hasta el 100% del aforo autorizado para el caso de terrazas libres de humo, si bien, deberá asegurarse la debida distancia física mínima de 2 metros o de 4 metros en el supuesto de proximidad de menores de 18años, mujeres embarazadas, personas mayores de 65años, personas con discapacidad y cualquier población vulnerable. En todas las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería, la ocupación máxima será de 10 personas por mesa.

6.- Se suspende la apertura al público de las discotecas y salas de fiesta, bares especiales, pubs y whiskerías.

7.- El cierre de cafeterías, restaurantes, bares y demás establecimientos no comprendidos en el apartado anterior, deberán efectuarse no más tarde de las 01:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

Se recuerda que el cumplimiento de estas medidas de los puntos 3, 4, 5, 6 y 7 en las terrazas ubicadas en establecimientos de hostelería y restauración, aún estando en vía pública, así como en el interior de los restantes locales son responsabilidad del concesionario de la misma.

8.- Podrá impartirse formación de manera presencial por las entidades del sector públicos, las academia, las autoescuelas y las entidades de formación acreditadas siempre que se respete la distancia interpersonal de 1,5 metros.

9.- El tránsito y permanencia en las playas, deberá respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas para la prevención del COVID-19, en particular el mantenimiento de distancia mínima de seguridad de, al menos, 1,5 metros.

10.- Se prohíbe la realización de actividades en las playas o parques en horario nocturno.

Se recuerda que el Ayuntamiento de Laredo cuenta con Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales., que regula entre otros, en su artículo 22.h) como infracción grave “el consumo de bebidas alcohólicas u otras drogas en el espacio público, aun sin alteración grave de la convivencia ciudadana”, procediendo una sanción de entre 750,01 euroshasta 1.500 euros

Se recuerda igualmente la obligación de uso de mascarilla en vía pública, primar la higiene personal, sobremanera el lavado de manos, respecta el distanciamiento social y la recomendación de restringir nuestros contactos sociales.

La Policía Local y la Guardia Civil en la debida colaboración entre Cuerpos de Seguridad vigilarán por el escrupuloso cumplimiento de estas medidas, aplicando las sanciones que procedan, tanto ante las autoridades locales como de la Comunidad Autónoma.

Este bando entrará en vigor en el momento de su publicación.

En Laredo, a 03 de septiembre de 2020

La Alcaldesa-Presidenta,

Fdo. Mª Rosario Losa Martínez.



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